LA CONFIANZA COMO FUENTE DE PROBLEMAS.

En esta vida hay gente "buena" pero muy a menudo nos olvidamos de que también hay gente "mala" que intentará aprovecharse de nosotros en cualquier momento. Generalmente su objetivo será nuestro dinero Muchos de los casos que llevan los despachos de abogados surgen después de que el cliente haya depositado su plena confianza en una persona de su cercano entorno y compruebe que le ha traicionado; independientemente del perjuicio económico que tenga que soportar, resulta muy duro sentirse engañado.

Una cosa es "tener confianza" y otra muy distinta "ser confiado" y pesar en "eso no me puede pasar a mi". Las cosas pasan y afectan de distinta forma a las personas que estan preparadas o a las que no han previsto lo que sucedería. El estafador sabe desde el principio cual será el final de la película, la victima será la que se lleve la sorpresa.

Los hay que, para firmar un negocio de millones se "bajan" un contrato por Internet que, obviamente, aunque parezca fiable a primera vista, no está diseñado para responder a su problema particular.

Hay quien entrega un dinero "en mano" y no pide un sencillo "recibí". Si las cosas se tuercen jamás se podrá reclamar con garantías el pago de esa cantidad.

Lo mismo sucede con quien realiza numerosas visitas o llamadas telefónicas para intentar solucionar un problema; luego se da cuenta que no puede demostrar que hiciera esas infructuosas reclamaciones y que el plazo para reclamar ya ha pasado.

Desgraciadamente, el cliente se ve traicionado por su compañía de seguros, su banco y sus clientes, pero también por su amigo, su hermano o incluso sus padres. Basta ver los problemas que surgen por una herencia para comprobar la certeza de la anterior afirmación.

En entornos rurales era costumbre muy habitual transmitir las tierras de uno a otro sin hacer ningún papel, pues todo el pueblo lo sabía. Los problemas aparecen, más pronto o más tarde, cuando se desea dejar en herencia, se quiere hipotecar el terreno, cobrar de un seguro o se desea solicitar una subvención administrativa, en ese momento las gestiones que hay que realizar son mucho mas costosas.

Firmar un simple documento no debe ser una muestra de desconfianza, más bien al contrario, debe verse como una garantía para las dos partes y cuesta muy poco tiempo hacerlo.

La mala información, aunque esté proporcionada por una persona de confianza, nos puede traer preocupacionnes indeseables y también la poca previsión que a veces somos capaces de demostrar, pues nuestra confianza en la estabilidad de una situación actual nos hace ignorar peligros futuros; así, actualmente se constata que hay muchas personas que perciben parte del sueldo "en negro" por realizar horas extras; despues de mucho tiempo en esta situación nos daremos cuenta que se ha cotizado a seguridad social por la cuantía mínima y que, de haber sumado a la cotización lo percibido "en negro", nos hubiera garantizado una pensión digna.


Otro consejo es pedir una segunda opinión porque también, en este mundo en el que vivimos existen profesionales buenos y profesionales malos. Por ejemplo, en temas tales como una operación de cirugía estética, se deberá comparar lo que nos ofrecen varios expertos antes de decidirnos por uno. No solo hay que mirar el precio de los servicios de cada uno, pues tan importante como eso, es fijarse en las revisiones y garantías que nos cubrirán después de la operación.


El dinero fácil.


El dinero fácil no existe. Las personas que todavía creen que es posible conseguirlo son las que habitualmente serán víctimas de una estafa.

No todos los documentos que se firman nos serán favorables. En la misma Pamplona hay quien ofrece 500 euros por "firmar unos papeles". Las personas que lo han hecho han recibido después en su casa un embargo de todos sus bienes, pues la firma implicaba ser responsable de las deudas de una sociedad.

Pese a que los bancos nos recomiendan firmar el reverso de la tarjeta de crédito, personalmente nunca lo hago, pues así estamos permitiendo que el que nos ha robado la tarjeta imite nuestra firma para realiza estafas.

Comprar un producto de segunda mano a un precio realmente bajo nos debe alertar de que pudiera ser robado; adquiriéndolo estaríamos cometiendo un delito castigado con penas de prisión. Las consecuencias pueden ser diversas (en el caso de los inmigrantes, cometer un delito dificulta posteriormente la renovación de su tarjeta de residencia).

La excusa habitual es decir : "es que me obligaron", pero lo cierto es que eso no tiene demasiada validez ante un juez, pues habitualmente es imposible de demostrar la existencia de esas coacciones y casi nadie está obligado a firmar lo que no quiere; este es el caso de la firma en un finiquito en el que el firmante reconoce que las cantidades que le paga la empresa son las correctas.


Muy atentos a la otra parte.


Por eso, uno de los signos que debemos vigilar para evitar el engaño es observar la actitud de la otra parte; si uno está seguro de que va a cumplir lo prometido, no tendrá problema en avalarlo mediante una garantía bancaria o una fianza, pero si su intención es engañarnos jamás comprometerá su patrimonio y solo nos dará "su palabra" de que cumplirá el contrato.

En el ejemplo anterior, en el que la empresa nos pide que firmemos un "finiquito", no cuesta nada pedir un plazo de 24 horas para consultarlo con un abogado. Si el documento es correcto la empresa no tendrá ningún problema en conceder ese periodo de tiempo para revisarlo, si por el contrario hay algún engaño, la empresa se negará.

¿Podemos confiar en la solvencia económica de la otra parte?
Antes de realizar cualquier negocio es fundamental averiguar la posible solvencia de la otra parte, si tiene un domicilio estable o en propiedad, si tiene una nómina. Un timo frecuente es pagar solo unas mensualidades de alquiler y luego dejar de pagar. Con el retraso que tienen los juzgados, pasarán muchos meses e incluso años antes de que podamos expulsar al moroso y, aunque al final confiemos en la Justicia y se gane el juicio, probablemente el estafador sea insolvente y jamás recuperemos nuestro dinero.

Cuando todo lo anterior ya ha sucedido, acudiremos al abogado y será demasiado tarde. Es como pedirle al bombero que además de apagar el fuego nos deje la casa como estaba.

Cuando acechan épocas de crisis, los amigos de lo ajeno abundan y la morosidad se dispara. Son malos tiempos para la "buena gente".

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Despacho de abogados situado en el centro de Pamplona especializado en CIVIL y PENAL

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La protección del consumidor en las reformas del hogar.

Como hemos comentado en el consejo anterior, las cosas no son como la gente piensa y algo tan sencillo como encargar la pintura del dormitorio o cambiar un baño puede ser una fuente inagotable de problemas.

En cada comunidad autónoma existe legislación diferente en diferentes materias y muy especialmente en el caso de Navarra, que sigue manteniendo leyes forales y normas propias. Tal es así que en Navarra la costumbre y el derecho romano se encuentran por encima del Código Civil. Esa es una buena razón para buscar un abogado del lugar donde tenemos el problema, pues un abogado "de fuera", aunque profesionalmente tenga todos los conocimientos materiales y humanos, deberá rebuscar para encontrar la especial legislación navarra, que un abogado "de aqui" ya conoce, por lo que la consulta, obviamente será más económica. También es una razón para desatender los "consejos legales" que encontramos en Internet, puesto que la persona que publica puede estar haciendo referencia a una ley que no nos es de aplicación en nuestro caso.

En relación con las obras de reforma que se realicen en el propio domicilio del consumidor, en Navarra es de aplicación el Decreto Foral 303/1997, de 20 de octubre, que regula la prestación de servicios a domicilio y sus modificaciones. Esta normativa impide que el pintor o el fontanero se escuden diciendo que "el cliente me dijo que lo hiciera así", o algo así como "quedamos en que yo le haría tal cosa y le cobraría tanto". Este Decreto establece que todo debe ser por escrito, no vale de palabra. Es decir, el presupuesto deberá ser por escrito, salvo que también por escrito se renuncie a él y éste presupuesto deberá cumplir una serie de requisitos para que pueda considerarse válido. Lo mismo sucede con la factura, que deberá desglosar el importe de los materiales y de la mano de obra por separado. Las modificaciones que surjan en la obra también deberán constar por escrito para que el consumidor pueda aceptarlas por escrito o rechazarlas.

Las Leyes de Consumidores y Usuarios han determinado las condiciones en las que determinadas claúsulas pueden considerarse "claúsulas abusivas", pese a que incluso estén firmadas por ambas partes. Son aquellas claúsulas que perjudican al deudor de manera desproporcionada o conducen a una clara situación de desequilibrio. Son algunos ejemplos las claúsulas que le obligan al ususario a hacer frente a gastos por fallos o errores que no le son directamente imputables, las que le cobran por modificaciones que no pudieron ser aceptadas, o las que lesionan gravemente sus derechos como consumidor.

En ese caso la ley nos dice que dichas clausulas se tendrán por no puestas, conservando el resto del contrato su vigencia en lo que no sea nulo.

No obstante la ley no puede preveer la enorme cantidad de diversas circunstancias que pueden entrar en juego por lo que, una cosa es lo que diga el texto de la ley y otra muy distinta lo que interpreten los Tribunales de Justicia.

Así, el consumidor vería menguadas sus espectativas de obtener una resolución favorable si, de alguna forma, se puede acreditar que consintió, por ejemplo, las modificaciones realizadas en su vivienda. La buena fé debe presidir todos los actos realizados y los jueces no ven con buenos ojos a quien persiste en no pagar por no cumplirse algunos de los requisitos legales.

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El "turno de oficio" y la Justicia Gratuita

Muchas personas desconocen esos términos, pese a que muchas veces los hemos oído en la televisión y en las películas. La verdad es que nadie se ha molestado en explicar que significan. Intentaremos hacer un breve resumen de los dos conceptos para evitar las confusiones que normalmente se producen.

Turno de Oficio: En la mayoría de los procedimientos penales y civiles es obligatoria la presencia de un abogado. El Juzgado nos concederá un plazo de solo tres días para dar los nombres de esos profesionales que nos asistirán a lo largo del procedimiento, si no conocemos a nadie que nos pueda defender, el Juzgado nombrará "de oficio" a ese abogado, lo que significa que el Juzgado le pedirá al Colegio de Abogados un nombre al azar de la lista de abogados apuntados al "turno de oficio" y nos remitirán una carta diciéndonos que abogado nos han designado. Es fundamental que tras recibir la carta, llamamemos a ese abogado inmediatamente, pues en un plazo muy breve deberá dar pasos decisivos para nuestra defensa.

Si se tiene dinero a ese abogado habrá pagarle, igual que si lo hubieramos contratado nosotros y ser "de oficio", no significa que sea gratis.

La "Justicia Gratuita": Las personas que no tienen dinero y puedan demostrar que son insolventes, tendrán el beneficio de la Justicia Gratuita y no tendrán que pagar al abogado, pues éste cobrará del Estado. Repetimos que, si no se demuestra la pobreza, se deberá pagar al abogado de oficio. Si es necesaria la presencia de abogado en un proceso también será necesario contratar un procurador, cuyo mecanismo de cobro es similar al de los abogados.

Es un comentario generalizado ese de: "me declaro insolvente y no pago nada", pero no es cierto. Para que a uno le sea reconocida la "justicia gratuita" debe presentar bastantes papeles (declaración de renta, empadronamiento, vida laboral ...) que demuestren que carece de ingresos, o que por lo menos gana menos de 14.000 euros al año (aprox. en Navarra), contando el salario de ambos cónyuges si se esta casado y las pagas extras, lo cual supone un serio perjuicio a las parejas casadas.

Una vez finalizado el juicio, si nos han condenado a pagar una cantidad de dinero, la parte contraria se encargará de "ejecutar la sentencia", lo que significa que para cobrarse nos buscará todos los bienes, cuentas corrientes, vehículos, devoluciones de Hacienda ... por lo que hacerse insolvente es complicado, pues tarde o temprano suele aparecer algo con lo que cobrarse la deuda y además aumentada con intereses y más gastos. Aunque se cuente con "Justicia Gratuita", la parte contraria también puede investigar nuestros bienes.

Los Colegios de Abogados de cada ciudad son los que generalmente se encargan de informar a los ciudadanos sobre los trámites a seguir para la obtención de la Justicia gratuita y de sus requisitos. En el Colegio de Abogados de Pamplona hay que pedir cita previa en el teléfono 948-221475 en horario de mañana. Nuestro despacho también les facilitará los impresos necesarios para realizar los trámites sin ningún coste.

El consejo es que, si se tiene dinero, aunque sea poco, se tenga a mano siempre el teléfono de un abogado de confianza.

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¿Por qué necesito un abogado?

En general no se tiene un buen concepto de los abogados. Tenemos mala fama hay que reconocerlo. Pero eso sucede hasta que necesitamos uno; por muchas circunstancias, impredecibles en algunos casos (accidentes, denuncias, ...), o muy predecibles (herencias, contratos, impagos, ...); tanto en un caso como en otro deberemos recurrir a buscar un abogado a toda prisa para que nos solucione ese problema que no nos deja ni dormir. En la mayoría de los casos pasaremos demasiado tiempo buscando un profesional, que sea especialista en la materia concreta que necesitamos, que nos de confianza, que nos cobre poco ... y pasará demasiado tiempo hasta que por fin nos decidamos por uno en concreto y eso implicará que ese abogado tendrá muy poco tiempo para trabajar, lógicamente será más caro y además lo hará peor.


La solución es tan sencilla como tener un "abogado de cabecera", igual que tenemos un "médico de cabecera" en el Centro de Salud al que acudimos cuando tenemos un problema, nuestro abogado particular conocerá de antemano todas nuestras circunstancias personales, tendrá toda la documentación necesaria a su debido tiempo y hará su trabajo de forma más eficiente y económica.

Hay casos en que es imprescindible la presencia de abogado y, normalmente, no acudimos a él. Hay personas que son capaces de firmar un contrato de muchos miles de euros (vivienda, compraventa, ...), sin haber acudido a un abogado para que lo revisara. Si las cosas van mal perderá mucho dinero y se lo hubiera podido ahorrar pagando escasos 150 € a un abogado. Ese dinero le hubiera dado la seguridad de haber estado haciendo bien las cosas y será la garantía de que todo marchará como se pactó.

Hace bien poco, tras unas obras de reforma la persona que las había realizado cometió diversos errores que los hubiera evitado conociendo las leyes que le afectaban, pero en el juicio lo único que pudo responder es que el no sabía todas esas leyes y decretos, que eso era "cosa de abogados". Se hubiera ahorrado muchos disgustos si antes de ejercer su actividad le hubiera explicado un abogado como tenía que hacer un presupuesto, una factura, unas modificaciones de obra, ... pero no lo hizo.

En los temas civiles generalmente las consecuencias serán económicas, pero en los temas penales pueden ser mucho más desagradables e incluyen además penas de prisión y multas considerables.

Es mejor pagar una consulta barata que un juicio caro.

¿Sigue aún pensando que no necesita un abogado?

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